El pasado 24 de junio de 2015 se aprobó la Reforma de la Ley Hipotecaria, cuyo objetivo es aumentar la coordinación entre la Dirección General de Catastro y el Registro de la Propiedad para incrementar la seguridad jurídica en el tráfico inmobiliario, así como la simplificación de la tramitación administrativa. Para ello será importante garantizar un intercambio seguro y fluido de los datos, así como una óptima representación gráfica y geográfica de los inmuebles.
Esta reforma exige a los organismos afectados emprender un cambio tecnológico para adaptarse a la Transformación Digital. Por tanto, a partir de ahora deberán incorporar, además de la literatura descriptiva de la propiedad, una representación gráfica válida en la que la Cartografía Catastral será la base para la descripción y modificación gráfica de las fincas. En caso de no coincidir con la realidad del territorio, podrá presentarse una representación gráfica alternativa (RGA).
Con el fin de facilitar la implantación de la Reforma de la Ley Hipotecaria, Esri lanza una solución sin coste adicional para sus clientes. Esta solución proporciona una serie de herramientas que permiten la interoperabilidad entre diferentes sistemas, gracias a la importación y exportación de ficheros GML (formato que la Reforma de la Ley Hipotecaria establece para el intercambio de información geográfica).
Por tanto, si la realidad del territorio no esta reflejada correctamente en la cartografía Catastral, desde la Plataforma ArcGIS, a través de sus opciones y herramientas, podríamos editar, publicar y distribuir aquellas alteraciones del territorio que consideremos.
El resultado sería un formato GML válido, que nos garantizaría la entrega de datos en los nuevos formatos requeridos por la Reforma de la Ley Hipotecaria y nos permitiría hacérselo llegar a las diferentes áreas de Gobierno para su autorización.
Organismos que han de adaptarse a la Reforma de la Ley Hipotecaria
Los principales actores que tendrán que adaptarse a la Reforma de la Ley Hipotecaria son:
Las fincas que no consten en Catastro han de ser descritas de manera técnica conforme a la Ley. Agrupaciones, reparcelaciones, segregaciones, han de llevar su correspondiente representacion gráfica (GML) para su correcta incorporación en Catastro, habilitando la coordinación con Registro de la Propiedad.
Para más información consulta leyhipotecaria.esri.es